Comparador de residencia, centro de día o ayuda en casa
Escribe lo que te piden al mes en hasta tres opciones. Te mostramos, lado a lado, lo que aportaría la familia después de descontar la ayuda pública de dependencia que pudiera corresponder.
Importante:Este resultado es orientativo. La ayuda depende de la resolución de la comunidad autónoma y de la capacidad económica de la persona beneficiaria, y el coste real depende del centro o del servicio.
Cómo se calcula
- El coste lo pones tú. En esta web no hay precios de residencias, centros de día ni ayuda a domicilio, porque dependen de cada centro, de cada servicio y de cada comunidad. Pide un presupuesto por escrito y usa esas cifras.
- La ayuda sale de las cuantías de dependencia. Solo la estimamos si indicas el grado reconocido. Si no lo indicas, mostramos el coste completo, sin descontar nada.
- Cada opción usa las reglas de su prestación. La residencia y el centro de día se calculan con la prestación vinculada al servicio correspondiente. Para la ayuda en casa eliges tú la prestación que tienes o esperas, porque no tiene la misma cuantía que en una residencia; si no lo sabes, no descontamos ayuda.
- Excepciones. En residencia, el grado II tiene la misma cuantía máxima que el grado III. En centro de día, el grado I tiene la misma cuantía máxima que el grado II. Solo se aplican a esas opciones.
- Dos casos. Mostramos la ayuda con el importe máximo orientativo y, aparte, con el importe mínimo garantizado, porque la cuantía final depende de la capacidad económica de la persona beneficiaria. No descontamos más de lo que cuesta cada opción.
Antes de decidir
El coste real depende del centro o del servicio, y la ayuda que se reconozca depende de la resolución de tu comunidad autónoma. Consulta con los servicios sociales de tu ayuntamiento. En la guíaCómo pedir la valoración de dependencia tienes los primeros pasos, y con la calculadora de prestaciones puedes ver las cuantías de cada modalidad.
Tus datos
Todo se calcula en tu navegador. Los costes que escribes no se envían a ningún servidor ni se guardan en tu dispositivo: si cierras o recargas la página, desaparecen.
Fuente
Las ayudas proceden de los anexos IV y V del Real Decreto 1051/2013, en la redacción delReal Decreto 675/2023, de 18 de julio.Datos consultados el 18 de octubre de 2026.